La presente orden es de aplicación a los buques españoles en las aguas del Atlántico comprendidas en las Regiones 2 y 3 del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) excepto el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz y el Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.
> <small>Se modifica por la disposición final 2 de la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto. [Ref. BOE-A-2016-8052#df-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-8052)</small>
Texto oficial de Orden de 22 de noviembre de 1996 por la que se prohíbe la pesca de determinadas especies pelágicas con artes de arrastre (BOE-A-1996-26986). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Ámbito de aplicación. — Orden de 22 de noviembre de 1996 por la que se prohíbe la pesca de determinadas especies pelágicas con artes de arrastre · BOE Fácil