TÍTULO I. Normas fiscales · ANEXO B · Sección 2.ª Prestaciones patrimoniales de carácter público
Artículo 45. Boletín Oficial del Estado.
Las prestaciones patrimoniales de carácter público por la venta, suscripción o anuncios del «Boletín Oficial del Estado» quedan fijadas en las siguientes cuantías:
Primero. Por ejemplar diario: 0,72 euros, cualquiera que sea su número de fascículos.
Segundo. Por suscripción:
| Clase de suscripción | Suscripción anual - Euros | Sucripción semestral - Euros | Suscripción trimestral - Euros |
| --- | --- | --- | --- |
| España | 216,36 | 108,18 | 54,09 |
| España (por avión) | 245,21 | 122,61 | 61,30 |
| Extranjero | 342,58 | 171,29 | 85,64 |
| Extranjero (por avión) | 576,97 | 288,49 | 144,24 |
Tercero.
Por anuncio (por milímetros de altura del ancho de una columna de 14 cíceros): 425 pesetas.
Por anuncio urgente: 850 pesetas.
> <small>Se convierten a euros las cuantías contempladas en los apartados 1 y 2 por el apartado 3 de la Resolución 8/2001, de 31 de octubre. [Ref. BOE-A-2001-22216](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-22216)</small>
Texto oficial de Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1996-29117). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.