TÍTULO II. De lo Social · CAPÍTULO I. Organización y procedimientos de la Seguridad Social · Sección 1.ª De la organización
Artículo 71. Comprobación administrativa de las auditorías presentadas al INEM por las agencias de colocación sin ánimo de lucro.
A las auditorías que presentarán al Instituto Nacional de Empleo las agencias de colocación sin fines lucrativos, a que se refiere el párrafo segundo del artículo 4 del Real Decreto 735/1995, de 5 de mayo, les será de aplicación la normativa vigente, especialmente contenida en la Ley 19/1988, de 12 de julio, y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre.
El Instituto Nacional de Empleo, una vez recibidos los informes de auditoría realizados por personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, informará de los mismos al Consejo General del INEM.
Texto oficial de Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1996-29117). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 71. Comprobación administrativa de las auditorías presentadas al INEM por las agencias de colocación sin ánimo de lucro. — Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social · BOE Fácil