ANEXO. Estatuto del Organismo autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía
Artículo 5. El Presidente.
1. El Presidente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía es el Ministro de Cultura.
2. Corresponde al Presidente:
a) La alta dirección del Organismo.
b) La convocatoria y presidencia de aquellas sesiones del Real Patronato a las que estime oportuno asistir.
c) La aprobación del plan anual de objetivos del Museo, su seguimiento y el control de eficacia de acuerdo con la normativa vigente.
d) El nombramiento de los titulares de los órganos de dirección del Museo.
e) La contratación en nombre del organismo, la disposición de gastos y la ordenación de pagos, y la rendición de cuentas.
> <small>Se añaden los apartados 2.d) y e) por el art. único.2 del Real Decreto 1291/2007, de 28 de septiembre. [Ref. BOE-A-2007-17082](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-17082).</small>
Texto oficial de Real Decreto 318/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE-A-1996-5937). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.