ANEXO. Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agrarias · CAPÍTULO II. Procedimiento para la extensión de normas
Artículo 11. Actos de instrucción.
Los actos de instrucción necesarios para el conocimiento y comprobación de los datos en los que se fundamenta la extensión de norma se realizarán por la Dirección General de la Industria Alimentaria.
En todo caso se solicitará a los Departamentos ministeriales que pudieran estar implicados, cuanta información o documentación se considere conveniente.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.7 del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero. [Ref. BOE-A-2015-1159](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-1159).</small>
Texto oficial de Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1997-11825). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. Actos de instrucción. — Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social · BOE Fácil