ANEXO. Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agrarias · CAPÍTULO II. Procedimiento para la extensión de normas
Artículo 13. Información pública.
El acuerdo para el que se solicita extensión de normas y, en su caso, las aportaciones económicas correspondientes, se someterá a información pública por la Dirección General de Alimentación mediante publicación en el portal de internet del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a fin de que cualquier persona pueda presentar las alegaciones que estime pertinentes en el plazo de 20 días.
> <small>Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 188/2026, de 11 de marzo. [Ref. BOE-A-2026-5874](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-5874)</small>
> <small>Se modifica por la disposición final 1.9 del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero. [Ref. BOE-A-2015-1159](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-1159).</small>
Texto oficial de Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1997-11825). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.