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Artículo 9. Cesión de datos practicada de oficio por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Texto oficial de Orden de 9 de enero de 1997 sobre gestión y funcionamiento del Registro de Prestaciones Sociales Públicas (BOE-A-1997-1287). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 9. Cesión de datos practicada de oficio por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. — Orden de 9 de enero de 1997 sobre gestión y funcionamiento del Registro de Prestaciones Sociales Públicas · BOE Fácil