CAPÍTULO II. Afectación de créditos del Instituto Nacional de Empleo · Sección 5.ª Selección y contratación de los trabajadores a contratar
Artículo 13. Duración de los contratos.
Los proyectos a ejecutar en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura deberán modularse en fases en orden a garantizar que la duración de los contratos sea, orientativamente, de quince días para los trabajadores no cualificados y de un mes para los cualificados, quedando exceptuados de cumplir este requisito los proyectos que generen empleo estable.
Texto oficial de Fomento del Empleo Agrario en Andalucía y Extremadura (BOE-A-1997-13739). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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