1. Al frente del Departamento de Banco de Datos existirá un existirá una Dirección, con rango de subdirección general, cuya persona titular será nombrada y separada del cargo por la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a propuesta de la persona titular de la Presidencia del centro.
2. Le corresponderán las funciones siguientes:
a) Dirigir, mantener y coordinar el banco de datos del centro.
b) Coordinar, en colaboración con el Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, los proyectos relacionados con la gestión de datos.
c) Dirigir y coordinar las actuaciones del banco de datos en todo lo referente a satisfacer solicitudes de información dirigidas al mismo.
d) Fomentar la incorporación al banco de datos de otras bases de datos nacionales e internacionales en el ámbito de la Sociología.
e) Elaborar informes de situación y planes de actuación del Departamento que serán elevados a la persona titular de la Presidencia del centro.
f) Desempeñar todas aquellas funciones que expresamente le sean encomendadas por la persona titular de la Presidencia del centro.
> <small>Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 166/2025, de 4 de marzo. [Ref. BOE-A-2025-4321](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-4321)</small>
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. único.10 del Real Decreto 485/2022, de 21 de junio. [Ref. BOE-A-2022-10295](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-10295)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas (BOE-A-1997-16372). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.