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CAPÍTULO II. Normas del procedimiento especial · Sección 3.ª Otras disposiciones

Disposición adicional tercera. Perceptores de pensiones en cuantía inferior o igual a la fijada para las pensiones de jubilación e invalidez en modalidad no contributiva y de prestaciones periódicas.

Texto oficial de Orden de 18 de julio de 1997 para el desarrollo del Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas (BOE-A-1997-16981). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.