TÍTULO I. Procedimientos de reintegro · CAPÍTULO I. Normas comunes
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Los procedimientos establecidos en el presente Real Decreto serán de aplicación cuando resulten cantidades indebidamente percibidas correspondientes a las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado, cualquiera que sea su legislación reguladora, así como a las causadas al amparo de la normativa especial derivada de la pasada guerra civil 1936-1939, y en general, a cualesquiera otras prestaciones abonadas con cargo a los créditos de la sección 07 del Presupuesto de Gastos del Estado.
Texto oficial de Reintegro de Percepciones Indebidas de Clases Pasivas (BOE-A-1997-17133). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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