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CAPÍTULO III. Régimen de las autorizaciones de transporte privado complementario de viajeros en autobús

Artículo 26. Condiciones de realización del transporte.

Texto oficial de Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús (BOE-A-1997-17306). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 26. Condiciones de realización del transporte. — Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús · BOE Fácil