Acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas · CAPITULO VII. Colaboración de los servicios de prevención con el Sistema Nacional de Salud
Disposición adicional decimotercera. Servicios de ayuda a domicilio.
**(Anulada)**
> <small>Se declara la nulidad de la disposición final 1 del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que añadía esta disposición, por Sentencia del TS de 29 de septiembre de 2025. [Ref. BOE-A-2025-20797](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-20797)</small>
> <small>Se añade por la disposición final 1 del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre. [Ref. BOE-A-2024-18182#df](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-18182)</small>
Texto oficial de Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (BOE-A-1997-1853). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional decimotercera. Servicios de ayuda a domicilio. — Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención · BOE Fácil