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real decreto · BOE-A-1997-18926

Real Decreto 1315/1997, de 1 de agosto, por el que se establece una zona de protección pesquera en el mar Mediterráneo

Estado
Vigente
Publicación
26/8/1997
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece una zona de protección pesquera de España en el mar Mediterráneo, entre Cabo de Gata y la frontera marítima con Francia, para conservar los recursos marinos vivos —especialmente el atún rojo— frente a la explotación incontrolada de buques de países que no respetan las medidas de conservación internacionales.

A quién afecta: Flota pesquera española e internacional que faena en el Mediterráneo, y el sector pesquero artesanal español de la zona.

  • La zona se delimita mediante una línea que va desde un punto a 12 millas náuticas de Cabo de Gata, continuando hacia el este hasta la línea equidistante con los países ribereños y la frontera marítima con Francia.
  • En esta zona, España tiene derechos soberanos para la conservación de los recursos marinos vivos y la gestión y control de la actividad pesquera, sin perjuicio de las medidas que establezca la Unión Europea.
  • La medida responde a que las normas comunitarias de conservación solo se aplicaban hasta las 12 millas del mar territorial, dejando sin control la actividad de buques industriales extranjeros que faenaban a partir de esa distancia.
  • El Mediterráneo es una de las pocas zonas de reproducción del atún rojo, especie cuya explotación descontrolada preocupaba especialmente a España en el momento de aprobar la norma.
  • España mantiene también el interés de preservar en la zona una flota artesanal de pesca de calidad, para no incrementar los desequilibrios regionales.
¿Por qué se creó esta zona de protección pesquera en el Mediterráneo?

Porque las medidas de conservación comunitarias no se aplicaban más allá de las 12 millas del mar territorial, permitiendo que buques industriales de otros países explotaran sin control los recursos pesqueros, especialmente el atún rojo en época de reproducción.

¿Qué derechos tiene España sobre esta zona?

Derechos soberanos para la conservación de los recursos marinos vivos y para la gestión y control de la actividad pesquera, sin perjuicio de las medidas que pueda establecer la Unión Europea.

¿Hasta dónde llega esta zona de protección pesquera?

Desde un punto situado a 12 millas náuticas de Cabo de Gata hasta la línea equidistante con los países ribereños, llegando hasta la frontera marítima con Francia.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Zona de Protección Pesquera en el Mediterráneo · BOE Fácil