ANEXO. Estatutos de la Cruz Roja Española · CAPÍTULO IV. Organización y estructura
Artículo 9. Estructura.
Uno. Cruz Roja Española se estructura en los siguientes ámbitos territoriales a los que corresponden los órganos de gobierno que se especifican:
Local: Los Comités Locales, Comarcales o Insulares.
Provincial: Los Comités Provinciales.
Autonómico: Los Comités Autonómicos.
Estatal: La Asamblea General y el Comité Nacional.
El Presidente de Cruz Roja Española.
Dos. Son cargos directivos de la Institución: en todos los ámbitos, el Presidente de Cruz Roja Española; en el ámbito estatal, los Vicepresidentes, el Secretario General y el Coordinador General de Cruz Roja Española; y en los restantes ámbitos territoriales, los Presidentes y Vicepresidentes de los Comités Autonómicos, Provinciales, Locales, Comarcales o Insulares, los Secretarios de los Comités Autonómicos y Provinciales, y los Coordinadores Territoriales.
Tres. En el ejercicio de sus funciones específicas, cada órgano de gobierno y cargo directivo deberá ajustar su actuación a los criterios e instrucciones que dicten los órganos o cargos de ámbitos territoriales superiores en los que resulte integrado.
Cuatro. Los Comités y Presidentes de ámbitos superiores podrán avocar para sí la competencia de un asunto cuya resolución corresponda a los Comités y Presidentes de ámbito territorial inferior, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica, territorial u organizativa lo hagan conveniente, mediante resolución motivada.
Cinco. El mandato de los miembros electivos de los órganos de gobierno tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegidos sucesivamente.
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. único.1 de la Orden TAS/2981/2006, de 26 de septiembre. [Ref. BOE-A-2006-17082](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-17082).</small>
Texto oficial de Orden de 4 de septiembre de 1997 por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Cruz Roja Española (BOE-A-1997-19945). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.