El presente Real Decreto tiene por objeto establecer las normas por las que ha de regirse el ejercicio de la pesca con artes menores y las características técnicas de los mismos, así como la regulación del esfuerzo de pesca ejercido con dichos artes.
El presente Real Decreto será de aplicación a los buques de pabellón español que ejerciten la pesca en aguas exteriores del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, comprendido entre la desembocadura del Guadiana y el meridiano de Punta Marroquí (05º 36' W).
Texto oficial de Real Decreto 1428/1997, de 15 de septiembre, por el que se regula la pesca con artes menores en el caladero del Golfo de Cádiz (BOE-A-1997-20857). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. — Real Decreto 1428/1997, de 15 de septiembre, por el que se regula la pesca con artes menores en el caladero del Golfo de Cádiz · BOE Fácil