La deducción contemplada en el artículo 70 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, introducida en el apartado 1 del artículo 1 es incompatible con las deducciones de la cuota del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte establecidas en los Reales Decretos-ley 2/1997, de 14 de febrero, y 4/1997, de 14 de marzo, y con las que pudieran establecerse en relación con circunstancias excepcionales como las contempladas en los referidos Reales Decretos-ley.
Texto oficial de Ley 39/1997, de 8 de octubre, por la que se aprueba el programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles, el incremento de la seguridad vial y la defensa y protección del medio ambiente (BOE-A-1997-21521). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. — Ley 39/1997, de 8 de octubre, por la que se aprueba el programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles, el incremento de la seguridad vial y la defensa y protección del medio ambiente · BOE Fácil