Las sociedades de reafianzamiento se regirán por sus normas específicas contenidas en la Ley 1/1994, de 11 de marzo, por el presente Real Decreto y otras normas que los desarrollan.
Las sociedades de reafianzamiento, así como quienes ostenten cargos de administración o dirección en las mismas, estarán sometidas a las normas disciplinarias contenidas en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, en la medida en que éstas resulten de aplicación a las características y actividad de las sociedades de reafianzamiento.
Texto oficial de Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento (BOE-A-1997-24104). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Régimen jurídico. — Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento · BOE Fácil