CAPÍTULO IV. Ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras
Artículo 14. Selección de proyectos.
En el marco de la cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, se seleccionarán aquellos proyectos de infraestructuras que se consideren prioritarias, referidas a transportes y comunicaciones, suelo industrial, ordenación del territorio, educación, medio ambiente, abastecimiento y saneamiento de aguas, infraestructuras agrícolas, ganaderas y turísticas y vivienda y urbanismo.
Texto oficial de Real Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece un régimen de ayudas para la minería del carbón y el desarrollo alternativo de las zonas mineras (BOE-A-1997-28000). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. Selección de proyectos. — Real Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece un régimen de ayudas para la minería del carbón y el desarrollo alternativo de las zonas mineras · BOE Fácil