CAPÍTULO V. Ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras
Artículo 18. Proyectos dotacionales generadores de empleo.
Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 16 y 17 del presente Real Decreto, si una vez atendidas todas las solicitudes de ayudas dirigidas a proyectos empresariales resultaran remanentes de crédito, éstos se podrán destinar a la financiación de proyectos dotacionales generadores de empleo para el desarrollo de las zonas mineras del carbón presentados por las Corporaciones locales de las zonas mineras del carbón.
> <small>Se añade por el art. único.3 del Real Decreto 1998/18917, de 17 de julio. [Ref. BOE-A-1998-18917](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1998-18917)</small>
Texto oficial de Real Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece un régimen de ayudas para la minería del carbón y el desarrollo alternativo de las zonas mineras (BOE-A-1997-28000). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.