TÍTULO V. De la acción administrativa · CAPÍTULO V. Otras acciones administrativas
Disposición transitoria decimosexta. Modificación del régimen transitorio general establecido en la disposición transitoria sexta de la Ley 28/1994, de 18 de octubre, por el que se completa el régimen de personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
A los solos efectos de promoción interna se amplía en dos años, a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley, el período máximo de cuatro años establecido en la disposición transitoria sexta de la Ley 28/1994, de 18 de octubre, por la que se completa el régimen de personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Durante dicho plazo la pertenencia a una determinada escala se asimilará a la posesión de la titulación académica exigida para ingreso en la inmediata superior, sin que ello en ningún caso suponga incremento de plantillas.
Texto oficial de Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1997-28053). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.