El mando de las Zonas 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 11.ª, 12.ª, 15.ª, 16.ª y 17.ª será ejercido por un Oficial General de la Guardia Civil, en servicio activo.
El mando de las Zonas 5.ª, 9.ª, 10.ª, 13.ª y 14.ª recaerá en un Coronel de la Guardia Civil, en servicio activo, quien, en aquellas que cuenten con una sola Comandancia, asumirá las funciones y competencias que se atribuyan al mando de ésta.
> <small>Se modifica por el art. único del Real Decreto 398/2026, de 20 de mayo. [Ref. BOE-A-2026-10883](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-10883)</small>
> <small>Se modifica por el art. único del Real Decreto 3486/2000, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2001-810](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-810).</small>
Texto oficial de Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-1997-5634). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. — Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil · BOE Fácil