Las Zonas de la Guardia Civil, bajo la dependencia directa del Mando de Operaciones y sin perjuicio de sus relaciones funcionales con las Subdirecciones Generales de Personal y de Apoyo, son las Unidades de mando, coordinación e inspección de todos los Servicios de la Dirección General de la Guardia Civil existentes en el ámbito territorial de cada una de ellas.
Las Comandancias, Compañías y Puestos de la Guardia Civil son las Unidades encargadas de llevar a cabo en sus respectivas demarcaciones territoriales las misiones que las disposiciones vigentes encomiendan al Cuerpo de la Guardia Civil.
> <small>Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1040/2012, de 6 de julio. [Ref. BOE-A-2012-9985](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-9985).</small>
> <small>Se modifica el párrafo primero por el art. único del Real Decreto 3486/2000, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2001-810](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-810).</small>
Texto oficial de Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-1997-5634). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.