CAPÍTULO I. Instituto Nacional de la Seguridad Social
Artículo 7. Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica.
Esta Subdirección General tiene atribuidas las siguientes competencias:
1. La emisión de informes jurídicos sobre normas y proyectos de ámbito nacional e internacional con incidencia en la entidad, así como la tramitación y la resolución de consultas.
2. La colaboración con el departamento en la elaboración de las disposiciones de la Seguridad Social, y en la formulación de los criterios interpretativos así como el registro y control de legalidad de las disposiciones de carácter interno.
3. La elaboración de proyectos normativos en materia de competencia de la Dirección General.
4. La organización, tramitación y control de los expedientes de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
5. El apoyo técnico y la colaboración con el departamento en materia de convenios, acuerdos, tratados y organizaciones de ámbito internacional.
6. La gestión y control del Fondo Documental.
> <small>Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 449/2012, de 5 de marzo. [Ref. BOE-A-2012-3158](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-3158).</small>
> <small>Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 469/2003, de 25 de abril. [Ref. BOE-A-2003-9618](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-9618).</small>
> <small>Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única del Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto. [Ref. BOE-A-2001-17026](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-17026).</small>
Texto oficial de Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE-A-1997-86). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.