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TÍTULO IV. Ejecución de los programas de erradicación o control · CAPÍTULO III. Financiación y medios

Artículo 20. Financiación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Texto oficial de Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación o control de organismos nocivos de los vegetales aún no establecidos en el territorio nacional (BOE-A-1998-13938). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 20. Financiación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. — Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación o control de organismos nocivos de los vegetales aún no establecidos en el territorio nacional · BOE Fácil