CAPÍTULO III. Órganos competentes en la formulación y ejecución de la política española de cooperación internacional para el desarrollo · Sección 1.ª Órganos rectores
Artículo 16. El Gobierno.
El Gobierno define y dirige la política española de cooperación internacional para el desarrollo.
A propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, el Gobierno aprueba el Plan Director.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.1 y 2 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo. [Ref. BOE-A-2014-3248](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-3248).</small>
Texto oficial de Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE-A-1998-16303). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. El Gobierno. — Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo · BOE Fácil