CAPÍTULO I. La política española de cooperación internacional para el desarrollo · Sección 2.ª Principios, objetivos y prioridades de la política española de cooperación internacional para el desarrollo
Artículo 5. Prioridades.
La política española de cooperación para el desarrollo, como reflejo de la diversidad de situaciones sobre las que opera y del diferente grado de urgencia para acometer las acciones de intervención concretas, se articula en torno a dos ejes de prioridades que determinarán sus líneas de actuación preferente:
a) Geográficas, orientadas a las regiones y países que serán objeto preferente de la cooperación española.
b) Sectoriales, dirigidas a determinados ámbitos de actuación preferente.
La definición de estas prioridades, que serán establecidas periódicamente en los sucesivos Planes Directores cuatrienales a que se refiere el artículo 8, responderá a los objetivos de la política exterior del Estado, tendrá en cuenta las consideraciones señaladas en el artículo anterior, y aplicará especial atención a la cooperación con los países de menor desarrollo económico y social, y dentro de éstos a los sectores más desfavorecidos.
Texto oficial de Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE-A-1998-16303). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Prioridades. — Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo · BOE Fácil