TÍTULO III. Obligaciones de servicio público: el servicio postal universal y otros derechos y obligaciones de carácter público en la prestación de los servicios postales · CAPÍTULO IV. Contraprestaciones por la carga financiera derivada de las obligaciones de prestación del servicio postal universal
Artículo 27. Financiación del Fondo de Compensación del Servicio Postal Universal.
El Fondo de Compensación del Servicio Postal Universal, que se crea en el artículo anterior, se nutrirá de las siguientes aportaciones:
a) Los ingresos derivados de las tasas que se establecen en la sección III del capítulo V de este Título.
b) Las donaciones ordinarias realizadas por cualquier persona física o jurídica que desee contribuir a la financiación del servicio postal universal.
c) Los rendimientos financieros derivados de la cuenta a que se refiere el apartado 1 del artículo anterior.
> <small>Se modifican los apartados b) y c) por el art. 95.6 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-1998-30155](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1998-30155)</small>
Texto oficial de Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales (BOE-A-1998-16713). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.