TÍTULO III. Obligaciones de servicio público: el servicio postal universal y otros derechos y obligaciones de carácter público en la prestación de los servicios postales · CAPÍTULO V. Obligaciones de carácter económico · Sección 3.ª Tasas postales
Artículo 35. Tasa por expedición de certificaciones registrales.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 23/2007, de 8 de octubre. [Ref. BOE-A-2007-17635](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-17635)</small>
> <small>Se convierte a euros la cuantía contemplada en el párrafo segundo por el apartado 11 de la Resolución 12/2001, de 29 de noviembre. [Ref. BOE-A-2001-24242](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-24242)</small>
Texto oficial de Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales (BOE-A-1998-16713). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 35. Tasa por expedición de certificaciones registrales. — Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales · BOE Fácil