TÍTULO I. Prestaciones patrimoniales de carácter público con naturaleza de tasas · CAPÍTULO III. Tasas por prestación de servicios gestionados por los Ministerios de la Presidencia y de Justicia · Tasa por publicación de actos y anuncios en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil»
Artículo 23. Cuantía.
Los elementos para la cuantificación del importe exigible por los actos a publicar en la sección primera del «Boletín Oficial del Registro Mercantil», se agrupan de la siguiente forma:
Actos inscritos:
a) Actos simples.
b) Actos complejos.
Otros actos publicados en el Registro Mercantil.
> <small>Se modifica con efectos de 1 de enero de 2009, por el art. 79.2 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2008-20744](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-20744).</small>
> <small>Se modifica por el art. 14 de la Ley 53/2002, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2002-25412](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-25412).</small>
Texto oficial de Ley de Tasas Estatales y Locales de 1998 (BOE-A-1998-16714). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Cuantía. — Ley de Tasas Estatales y Locales de 1998 · BOE Fácil