CAPÍTULO II. Procedimiento sancionador · Sección 1.<sup>a</sup> Disposiciones generales
Artículo 15. Acceso al procedimiento y alegaciones.
1. En cualquier momento del procedimiento, los interesados tienen derecho a conocer su estado de tramitación y acceder a los documentos contenidos en él y a obtener copias de éstos, con las limitaciones que prevé la Ley.
2. Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, los interesados podrán formular alegaciones y aportar los documentos o elementos de juicio que estimen convenientes.
Texto oficial de Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, por la que se desarrolla el Título II de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, relativo a las infracciones administrativas de contrabando (BOE-A-1998-21017). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Acceso al procedimiento y alegaciones. — Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, por la que se desarrolla el Título II de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, relativo a las infracciones administrativas de contrabando · BOE Fácil