CAPÍTULO II. Tasas aplicables a la prestación de determinados servicios por la Comisión Nacional del Mercado de Valores · Sección 5.ª Tasas por expedición de certificados
Artículo 23. Base imponible y cuota.
La cuota tributaria correspondiente a esta tasa resulta de la suma de las siguientes:
a) Una cuota fija de 12,02 euros.
b) Una cuota resultante de aplicar a la base imponible, constituida por el número de páginas superior a seis de que conste el certificado de que se trate, el tipo de gravamen de 0,060101 euros por página.
> <small>Se convierten a euros las cuantías contempladas en las letras a) y b) por el apartado 7 de la Resolución 2/2001, de 22 de octubre. [Ref. BOE-A-2001-21036](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-21036).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1732/1998, de 31 de julio, sobre tasas aplicables por las actividades y servicios prestados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (BOE-A-1998-21126). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 23. Base imponible y cuota. — Real Decreto 1732/1998, de 31 de julio, sobre tasas aplicables por las actividades y servicios prestados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores · BOE Fácil