1. Los Puestos Principales, al mando de un Oficial de la Guardia Civil, se constituirán en las localidades en que así lo aconseje la extensión de su demarcación, la densidad de población u otras circunstancias. Como norma general, se estructuran en diversas áreas funcionalmente especializadas.
2. Los Puestos atenderán la demarcación que comprendan y serán mandados con carácter general por un Suboficial de la Guardia Civil.
Texto oficial de Mando y Demarcación Territorial de Compañías y Puestos de la Guardia Civil (BOE-A-1998-21443). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Mando de los Puestos. — Mando y Demarcación Territorial de Compañías y Puestos de la Guardia Civil · BOE Fácil