TITULO II. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos · CAPITULO I. Disposiciones generales
Artículo 7. Actividades objeto de regulación.
El presente Título establece el régimen jurídico de:
a) La exploración, investigación y explotación de los yacimientos de hidrocarburos.
b) La exploración, investigación y explotación de los almacenamientos subterráneos para hidrocarburos.
c) Las actividades de transporte, almacenamiento y manipulación industrial de los hidrocarburos obtenidos, cuando sean realizadas por los propios investigadores o explotadores de manera accesoria y mediante instalaciones anexas a las de producción.
Texto oficial de Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos (BOE-A-1998-23284). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Actividades objeto de regulación. — Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos · BOE Fácil