CAPÍTULO III. Régimen sancionador y de supervisión de la actividad de cambio de moneda extranjera
Artículo 6. Funciones de supervisión y control.
Texto oficial de Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito (BOE-A-1998-28816). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
