Artículo 8. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio segundo.
En el territorio segundo, las demarcaciones, planta, número de orden y sede de los Juzgados Togados Militares Territoriales serán las siguientes:
a) Provincias de Córdoba, Sevilla, Huelva y Jaén.
Un Juzgado Togado, con el número 21 y sede en Sevilla.
b) Provincia de Cádiz. Un Juzgado Togado con el número 22 y sede en San Fernando (Cádiz).
c) Provincias de Granada y Almería. Un Juzgado Togado con el número 23 y sede en Almería.
d) Provincia de Málaga. Un Juzgado Togado con el número 24 y sede en Málaga.
e) Ceuta. Un Juzgado Togado con el número 25 y sede en Ceuta.
f) Melilla. Un Juzgado Togado con el número 26 y sede en Melilla.
Texto oficial de Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar (BOE-A-1998-28994). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio segundo. — Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar · BOE Fácil