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TÍTULO II. Del Sistema Archivístico de la Defensa · CAPÍTULO III. De las altas y bajas de documentos

Artículo 28. Definición de las bajas de documentos.

Texto oficial de Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares (BOE-A-1998-29347). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 28. Definición de las bajas de documentos. — Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares · BOE Fácil