TÍTULO II. Del Sistema Archivístico de la Defensa · CAPÍTULO VIII. De los servicios de información archivística
Artículo 56. Red de intercambio de información.
El órgano que ejerza la Dirección del Sistema Archivístico de la Defensa establecerá una red de intercambio de información para el desarrollo de las tareas de coordinación contempladas en los artículos anteriores y elaborará las normas básicas de actuación, los modelos de formularios de recogida de información, así como las normas técnicas para la utilización de soportes y medios informáticos.
En todo caso, quedarán al margen de esta red los ficheros inscritos en el Registro General de Protección de Datos.
Texto oficial de Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares (BOE-A-1998-29347). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 56. Red de intercambio de información. — Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares · BOE Fácil