TÍTULO II. Del Sistema Archivístico de la Defensa · CAPÍTULO X. Del acceso a los archivos y documentos
Artículo 75. Servicio de los documentos excluidos de la libre consulta pública.
1. Los documentos excluidos de la libre consulta pública por los artículos 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o por otras disposiciones del ordenamiento jurídico, sólo podrán servirse en los casos de autorización expresa previstos por dichos artículos y exclusivamente a las personas autorizadas.
2. Se servirán únicamente los documentos identificados por la mencionada autorización y en las condiciones en ella establecidas, previo conocimiento del Director del archivo.
3. El Director del archivo podrá, en tales casos, establecer un lugar especial para la realización de la consulta y tomará las medidas necesarias para evitar que otras personas puedan acceder a los documentos.
Texto oficial de Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares (BOE-A-1998-29347). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 75. Servicio de los documentos excluidos de la libre consulta pública. — Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares · BOE Fácil