TÍTULO II. Del Sistema Archivístico de la Defensa · CAPÍTULO III. De las altas y bajas de documentos
Artículo 29. Bajas ordinarias.
Las bajas ordinarias de documentos en los archivos militares se producirán mediante la salida definitiva de documentos por transferencia de éstos a otro archivo del sistema o bien por eliminación física, cuando ésta proceda de acuerdo con lo preceptuado en el presente Reglamento.
Texto oficial de Reglamento de Archivos Militares (BOE-A-1998-29347). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.