Disposición adicional octava. Seguro de crédito a la exportación.
El límite máximo de cobertura para nueva contratación, excluidas la modalidad de Póliza Abierta de Gestión de Exportaciones (PAGEX) y Póliza 100, que podrá asegurar y distribuir la «Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima» (CESCE), será, para el ejercicio 1999, de 550.000 millones de pesetas.
Texto oficial de Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999 (BOE-A-1998-30154). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional octava. Seguro de crédito a la exportación. — Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999 · BOE Fácil