«TÍTULO VI. De la contabilidad pública · CAPÍTULO II. De la Cuenta General del Estado · Sección 4.ª De la gestión de las haciendas locales
Artículo 58. Participación de las Entidades Locales en tributos del Estado.
Uno. Se sustituye el actual texto del Título II, Capítulo III y del Título III, Capítulo III de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, que quedan redactados como sigue:
Texto oficial de Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1998-30155). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 58. Participación de las Entidades Locales en tributos del Estado. — Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social · BOE Fácil