TÍTULO V. De la acción administrativa · CAPÍTULO VIII. Acción Administrativa en materia de Sanidad
Disposición derogatoria cuarta. Sistema tributario local.
A la entrada en vigor de la presente Ley quedan derogadas cuantas disposiciones legales y reglamentarias se opongan a lo dispuesto en la misma, y, en particular:
a) El apartado dos del artículo 29 de la Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre Medidas en Materia Presupuestaria, Financiera y Tributaria.
b) El punto 3 del anexo 1, y el punto 96 del anexo 4, ambos del Real Decreto 803/1993, de 28 de mayo, por el que se modifican determinados procedimientos tributarios.
c) El artículo 10 del Real Decreto 1108/1993, de 9 de julio, por el que se dictan normas para la distribución de cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas, y se desarrollan parcialmente los artículos 7 y 8 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
Texto oficial de Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE-A-1998-30155). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición derogatoria cuarta. Sistema tributario local. — Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social · BOE Fácil