ANEXO. Normas que regulan la organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General · CAPÍTULO I. Organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil · De los órganos de gobierno y administración
Artículo 11. De las funciones de la Junta de Profesores.
La Junta de Profesores, en pleno o en comisiones, asesorará al Director del centro sobre los siguientes asuntos:
a) Programación general del centro y, en particular, la de sus actividades docentes e investigadoras.
b) Análisis de las actividades del curso finalizado y propuesta de modificaciones a introducir en dichas actividades.
c) Fijación y coordinación de criterios generales sobre evaluación de los alumnos y recuperación de asignaturas o materias pendientes.
d) Promoción de iniciativas en el ámbito de la investigación pedagógica y de la metodología de la enseñanza.
e) Desarrollo y coordinación de actividades complementarias.
f) Cualesquiera otros que decida someter a su consideración el Director del centro.
Texto oficial de Orden de 2 de junio de 1999 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General (BOE-A-1999-12698). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.