ANEXO. Normas que regulan la organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General · CAPÍTULO I. Organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil · De los órganos de gobierno y administración
Artículo 5. De las funciones del Subdirector Jefe de Estudios.
Corresponderán al Subdirector Jefe de Estudios las siguientes funciones:
a) Proponer al Director la programación de las actividades docentes e investigadoras del centro y coordinar y supervisar su ejecución.
b) Proponer al Director las innovaciones educativas a introducir en el proceso de enseñanza y aprendizaje y evaluar las que se lleven a cabo.
c) Concretar los objetivos de las asignaturas y los métodos más adecuados para alcanzarlos y para controlar y evaluar la actividad docente.
d) Proponer al Director los criterios que conduzcan a la mejor selección, formación y perfeccionamiento del profesorado.
e) Recibir, coordinar y elevar al Director los informes y propuestas de los Departamentos y asesorarle sobre unos y otras.
f) Coordinar las actividades del Gabinete de Orientación educativa y, en su caso, el trabajo de los profesores tutores, manteniendo las reuniones periódicas necesarias.
g) Determinar las actividades a realizar por los coordinadores de enseñanzas específicas y armonizar sus informes y propuestas antes de remitirlas al Director del centro.
h) Aquellas otras funciones que le atribuya el régimen interior del centro correspondiente.
Texto oficial de Orden de 2 de junio de 1999 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General (BOE-A-1999-12698). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.