CAPÍTULO II. De las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional en sus distintas modalidades
Artículo 12. Calificación de los ejercicios.
**(Derogado)**
> Téngase en cuenta que este artículo, derogado por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, [Ref. BOE-A-2019-2289](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-2289), se continuará aplicando en la realización de los exámenes para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2022, según establece la disposición transitoria 5 del citado Real Decreto, en la redacción dada por la disposición final 7 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. [Ref. BOE-A-2020-7432#df-7](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-7432)
> Redacción anterior:
> "1. Los ejercicios previstos en este capítulo se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con las siguientes reglas de valoración:
> En la primera parte de cada ejercicio, las preguntas tipo «test» correcta o erróneamente contestadas se valorarán con 0,04 y -0,02 puntos cada una, respectivamente. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.
> En la segunda parte de cada ejercicio, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto.
> 2. Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una puntuación no inferior a 2 en la primera parte ni a 3 en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6."
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero. [Ref. BOE-A-2019-2289](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-2289)</small>
> <small>Téngase en cuenta que este artículo se continuará aplicando en la realización de los exámenes para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2022, según establece la disposición transitoria 5 del citado Real Decreto, en la redacción dada por la disposición final 7 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. [Ref. BOE-A-2020-7432#df-7](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-7432)</small>
Texto oficial de Orden de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional (BOE-A-1999-13021). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.