Artículo 1. Naturaleza jurídica y potestades administrativas.
1. La GISE, creada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, es un Organismo autónomo de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
2. La GISE tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía de gestión y plena capacidad jurídica y de obrar, y, dentro de su esfera de competencias, le corresponden las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos previstos en este Estatuto.
3. La duración de la GISE no podrá exceder de cinco años, contados a partir de la fecha de su constitución efectiva.
Texto oficial de Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado (BOE-A-1999-1365). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Naturaleza jurídica y potestades administrativas. — Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado · BOE Fácil