Los créditos presupuestarios necesarios para financiar el coste de los servicios integrados serán dados de baja en las correspondientes partidas presupuestarias del Parque Móvil del Estado, y de alta en los conceptos equivalentes del Ministerio de Administraciones Públicas. Con esta finalidad, el Parque Móvil del Estado iniciará la tramitación de los oportunos expedientes de modificación presupuestaria.
Texto oficial de Integración del Parque Móvil del Estado (BOE-A-1999-14771). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Financiación presupuestaria. — Integración del Parque Móvil del Estado · BOE Fácil