TÍTULO III. Infracciones y sanciones · CAPÍTULO IV. Régimen sancionador aplicable a los autorizados para la venta con recargo
Artículo 60. Infracciones muy graves.
Constituyen infracciones muy graves:
1. **(Sin contenido)**
2. La adquisición de tabaco a precios distintos de los de tarifa o mediando cualquier tipo de descuento, incentivo o bonificación, directo o indirecto, en términos iguales a lo establecido en el artículo 56, apartado 3, del presente Real Decreto.
> <small>Se deja sin contenido el apartado 1 por el art. único.51 del Real Decreto 748/2014, de 5 de septiembre. [Ref. BOE-A-2014-9224](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-9224).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre (BOE-A-1999-15353). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.