Artículo 4. Modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Se modifica el epígrafe 1.8 de la tarifa 1. a del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que queda redactado como sigue:
«Epígrafe 1.8 GLP destinados a usos distintos a los de carburante: 0 pesetas por tonelada.»
Texto oficial de Real Decreto-ley 15/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueban medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia en el sector de hidrocarburos (BOE-A-1999-19686). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. Modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. — Real Decreto-ley 15/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueban medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia en el sector de hidrocarburos · BOE Fácil